Contratos de alta dirección, conforme las previsiones del Artículo 38 Ley 2/2007, Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León
Puestos de trabajo de carácter directivo provistos por contrato de alta dirección en virtud de la previsión del artículo 38 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Las retribuciones de los puestos de carácter directivo son las asignadas en las plantillas orgánicas de los centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud, conforme a las previsiones contenidas en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León y demás normativa presupuestaria respecto de todo el personal que desempeña dichos puestos con independencia de su forma de provisión, conforme a los procedimientos previstos legalmente. El cese del personal que ocupe estos puestos de carácter directivo en virtud de contrato de alta dirección no percibirá indemnización alguna según el artículo 38.8 de la Ley del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.
Las plantillas orgánicas de las Gerencias de Atención Primaria y de las Gerencias de Atención Especializada pueden ser consultadas en la página de recursos humanos del portal de Profesionales de la web de Sanidad
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